PILAR 1: Protección efectiva de ecosistemas estratégicos y moratoria ambiental

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No permitiremos el desarrollo de nuevos proyectos extractivos en ecosistemas frágiles, tales como glaciares, salares, humedales y bosques relictos, hasta que se cuente con una Zonificación Ecológica Participativa Nacional, validada por un Comité Científico-Ciudadano. Esta zonificación establecerá, con base empírica, qué zonas deben ser preservadas por razones de biodiversidad, agua y clima.

En otras palabras, nuestro gobierno establecerá una Ley de Protección de Ecosistemas Estratégicos, que impida nuevas actividades extractivas en territorios clave para la mitigación del cambio climático y la conservación de la biodiversidad.

La moratoria será la consecuencia de un proceso de planificación territorial ambiental, no de una decisión arbitraria. No es un castigo, sino que un instrumento de prudencia ecológica temporal, con base empírica, que busca proteger activos estratégicos de nuestro país. De esta forma protegeremos lo irrecuperable, sin abandonar a nadie.

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Estrella
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